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Noticias Nacionales - Enero 2011


18 de enero de 2011

Ooapas responde a recomendación de CEDH


El inmueble señalado en la queja mantiene características de comercio a pesar de afirmar que tiene uso habitacional.

Morelia, Michoacán.- El área jurídica del Organismo Operador de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Morelia (OOAPAS) explicó detalladamente las razones por las cuales no se aceptó la recomendación de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Michoacán (CEDH) en el caso de una usuaria con adeudo en un contrato con giro no habitacional.

El Jefe del Departamento Jurídico del OOAPAS, Edgar Issachar del Río, señaló que la señora Esperanza Muratalla Rodríguez presentó una queja contra el Organismo ante la CEDH por el corte de servicio por falta de pago, por supuesta modificación de la tarifa del predio que aparentemente utiliza como casa-habitación y por supuesto cambio del número de contrato.

Edgar Issachar afirmó que el OOAPAS realizó una visita de inspección junto con la CEDH, para verificar que el domicilio tenga un giro habitacional, como indicó la quejosa y no comercial, como está registrado en la paramunicipal.

Durante la inspección se pudo acreditar que es un local cerrado, pero también se observó la falta de condiciones reales para que el inmueble fuera habitado por una persona como casa-habitación, al encontrar que algunos artículos fueron colocados para aparentar que el lugar estaba habitado: una base de cama sin colchón, refrigeradores vacíos y desconectados sin alimentos de ningún tipo, vestidos colgados en las paredes, pero ausencia de objetos de uso personal. También se constató en la visita que el baño del inmueble no cuenta con regadera, por lo que no puede usarse para el aseo personal.

Más bien, en el domicilio fueron localizados diversos muebles y estantería que corresponde a un negocio o comercio, y que si bien al momento de la inspección presentaban indicios de que no estaba en funcionamiento, sus condiciones no pertenecen al de uso habitacional.

Además, cabe señalar que el contrato del domicilio inspeccionado presenta un atraso en su pago por 14 meses, “el servicio de agua potable se cortó porque el inmueble tiene el giro de Ostioneria, y la Ley del Agua y Gestión de Cuencas autoriza cortar el suministro del servicio a aquellos usuarios no domésticos que incumplan con el pago de dos o más periodos de pago”.

Por todo lo anterior, indicó Issachar del Río, el OOAPAS no puede aceptar la recomendación que hace la CEDH, debido a la falta de condiciones reales para que en el inmueble habite persona alguna, así como el hecho evidente de que cuenta con todo el mobiliario y características de un restaurant u ostionería, aún cuando no esté en funcionamiento.

Fuente:
18 de enero de 2011, Ooapas responde a recomendación de CEDH. www.mimorelia.com
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