Las tribus yaquis de Sonora deberán ser recibidas por la Comisión Nacional del Agua para que "les otorgue garantía de audiencia a fin de revisar los títulos de asignación que impugnan, cumpliendo, para ello, con las formalidades esenciales del procedimiento."
El amparo fue otorgado por mayoría de votos de los ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al considerar que "no se les debe negar la posibilidad de ser escuchadas en caso de considerar que se les afecta algún derecho, pues la ley establece que sean tomados en cuenta los terceros en este tipo de determinaciones."
De tal manera, informa la SCJN, recibieron amparo tanto a la Asociación de Usuarios Protectores Agrícolas de la Sección de Riego Dieciséis, del Canal Principal Bajo, del Distrito de Riego número 041, Río Yaqui, Asociación Civil, como a la Asociación de Usuarios Protectores Agrícolas de la Sección de Riego "K-73+500", del Canal Principal Bajo, del Distrito de Riego número 041, Río Yaqui, Asociación Civil.
Los amparos en revisión fueron los 268 y 269, ambos de 2013, que fueron promovidos por las asociaciones civiles de usuarios productores agrícolas que operan en el Distrito de Riego 041 en el Río Yaqui, del estado de Sonora.
Concluye el comunicado señalando que deben cumplirse dos aspectos mínimos. Primero, que la autoridad determine que dichos títulos de asignación fueron expedidos en contravención con los términos y condiciones que las disposiciones de la materia exigen y, segundo, que se acredite que esas cuestiones afectan de manera injustificada los derechos concesionados de la quejosa.
Como se recordará la comunidad yaqui lleva varios meses en conflicto por la construcción de acueducto que, aseguran, afecta su tierra.