Saltillo, Coahuila.- Los sistemas operadores de las redes de aguas potable en los municipios no podrán suspender el servicio a las escuelas, hospitales y dependencias de seguridad, como los centros de readaptación social, aun cuando tengan adeudos por más de tres meses.
Lo anterior, de acuerdo con una modificación del Congreso del Estado a la Ley de Aguas que se resolvió en la sesión plenaria de este miércoles.
La medida comprende una modificación al artículo 86 de la Ley General de Aguas en el Estado, el cual advierte de la suspensión del servicio si la tardanza en el pago supera los tres meses.
"(De la ley) se desprende que aún aquellas dependencias federales o estatales que no cumplan con el pago del suministro de agua se harán acreedores a la suspensión total del servicio, (pero esto) resulta inconcebible en aquellos casos de que se trate de dependencias orientadas al sector salud, educativo o de seguridad", señala la iniciativa de ley que se aprobó.
"Imaginen un hospital, una escuela o un centro penitenciario sin acceso al suministro de agua, las consecuencias podrían llegar a ser desastrosas, la propagación de contagios, o el nacimiento de enfermedades por falta de asepsia no sería razonable", destacó el diputado Norberto Ríos Pérez, quien propuso la modificación.
"La ley de aguas busca que los usuarios cumplan con su obligación de pago por la obtención del servicio, sin embargo como legisladores debemos velar por el interés superior, que en este caso son la salud y la vida y es por ello que se busca evitar la suspensión total del suministro de agua tratándose de instituciones encargadas de la prestación de ciertos servicios donde resulta indispensable contar con el vital líquido", añadió.